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22/07/2019

Informe para la ONU sobre el estado de la libertad de expresión e información en España

ONU imagen wikipedia

La FeSP ha participado con otras organizaciones en la elaboración de un documento que analizará el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas

22 de julio de 2019

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La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) ha participado, junto a la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) y otros colectivos, en la elaboración de un informe para el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en el que se analiza el grado de cumplimiento por las autoridades españolas de los estándares internacionales sobre el derecho a la libertad de expresión, y si se han cumplido o no las recomendaciones que hizo ese Consejo en 2015 y que España aceptó.

La Asamblea General de Naciones Unidas acordó en 2006 que el Consejo de Derechos Humanos realice cada cuatro años un Examen Periódico Universal (EPU) de la situación de los Derechos Humanos en cada uno de los Estados miembros. Esos informes incluyen unas recomendaciones y cada Estado debe decir las que acepta y cuáles no. La situación en España será analizada en la 35 sesión del grupo de trabajo del citado Consejo de Derechos Humanos en enero/febrero de 2020, para ver cómo ha evolucionado en este asunto.

Además de la PDLI y la FeSP, en la elaboración de este informe han participado Access Info Europe, el Grupo de Estudios de Política Criminal (GEPC) y el grupo de investigación «Regulación jurídica y participación del ciudadano digital», de la Universidad Complutense de Madrid. El trabajo lo ha coordinado el abogado Joan Barata, experto en Derecho Internacional sobre libertad de expresión, ex asesor de la OSCE y de otros organismos internacionales.

En relación con el derecho a la información y la protección de la actividad periodística, que es el área en el que ha centrado la participación de la FeSP, en el informe se incluyen varias recomendaciones:

  • España debe adoptar un marco jurídico general de «protección y garantías para todos aquellos que ejercen actividades periodísticas, en especial en lo que se refiere al derecho de protección de las fuentes de información. También debe incluirse un sistema de protección adecuada de los llamados filtradores o whistleblowers».
  • España debe adoptar las medidas legales y administrativas necesarias «que permitan la adjudicación de licencias y el funcionamiento de los medios comunitarios sin ánimo de lucro».
  • Derogar el artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, que castiga como falta grave -con multa de 601 a 30.000 euros-  «el uso no autorizado de imágenes y otros datos de fuerzas de seguridad», cuando suponga un peligro para la seguridad personal o familiar de los agentes, de instalaciones protegidas o ponga en riesgo el éxito de una operación policial.
  • Derogar el artículo 37.4 de esa misma ley, que castiga como falta leve -con multa de 100 a 600 euros- las faltas de respeto y consideración a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando no constituya una infracción penal.
  • Eliminar del artículo 575 del Código Penal la equiparación que establece entre quien recibe voluntaria e intencionadamente adiestramiento para cometer un acto terrorista, y quien se limita a buscar información en internet relacionada con grupos terroristas -por ejemplo, un periodista-, actividad esta última que no debe ser penalizada.
  • Modificar la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, para reconocer el acceso a la información como un derecho fundamental; facilitar los trámites para que la ciudadanía pueda solicitar la información; incluir en ella a todos los poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y todos los organismos con funciones y recursos públicos, y que el Consejo de Transparencia vigile el cumplimiento de esta ley y pueda sancionar a los organismos que no la cumplan como corresponde.

Las organizaciones firmantes de este informe también piden que Naciones Unidas recomiende al Gobierno español derogar los artículos del Código Penal que castigan los delitos de difamación (deben pasar al Código Civil); ofensas a los sentimientos religiosos; delitos de odio; ultraje a la bandera y sus símbolos, y las injurias y calumnias hacia la Familia Real, el Gobierno, los Tribunales de Justicia y los Ejércitos, entre otros.

En el informe se recuerda que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ya ha hecho varias recomendaciones a España sobre la conveniencia de derogar esos delitos, porque la legislación española no se corresponde con los estándares internacionales en esta materia.

También se recuerda que España aún tiene pendientes de cumplir las recomendaciones que asumió del anterior Examen Periódico Universal, porque solo ha avanzado parcialmente en alguna de ellas. Una recomendación en la que no se ha hecho nada, según el informe, consistía en crear mayor conciencia entre las Fuerzas de Seguridad en relación al respeto a los Derechos Humanos en las manifestaciones, «a fin de garantizar el derecho de reunión pacífica y la libertad de expresión y asociación».

Mas información: http://libertadinformacion.cc/la-la-pdli-traslada-a-naciones-unidas-la-precaria-situacion-de-la-libertad-de-expresion-en-espana/

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