Pulsa fuera para salir.

18/06/2021

El Tribunal Supremo confirma que Unidad Editorial tenía falsos autónomos

unidad editorial

Este grupo ha tenido que incluir en la plantilla o indemnizar a 16 fotógrafos en la última década, porque los jueces han sentenciado que tenían una relación laboral en vez de ser colaboradores

El Tribunal Supremo ha inadmitido un recurso de casación interpuesto por Unidad Editorial y ha confirmado una sentencia contra este grupo de comunicación, en la que una juez estableció que cuatro fotógrafos colaboradores eran falsos autónomos cuando debían formar parte de la plantilla. Con esta resolución ya son 16 los fotoperiodistas a los que esta compañía ha tenido que indemnizar o admitir en plantilla en la última década, a unos porque los jueces les dieron la razón y a otros porque llegaron a acuerdos antes de demandar o de la celebración del juicio.

Los fotógrafos Bernardo Díaz, Sergio Enríquez, Sergio González y Antonio Heredia demandaron a El Mundo y a las empresas que editan los suplementos de ese diario, para las que trabajaban en exclusiva desde hacía 12, 16, 18 y 25 años como falsos autónomos.

Una juez de lo social les dio la razón en marzo de 2019 y declaró que existía una relación laboral entre ellos y Unidad Editorial, por lo que debían formar parte de la plantilla. Un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó el recurso de la empresa y confirmó esa sentencia, y ahora el Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación que interpuso ese grupo periodístico y ha dictado una resolución contra la que ya no cabe ningún recurso.

En el juicio quedó probado, y así lo sentenció la juez, que la empresa distribuía cada día las tareas entre todos los fotógrafos, sin distinguir si eran de plantilla o colaboradores, y les decía dónde debían realizar su trabajo. Cuando tenían que desplazarse fuera de Madrid era la empresa la que gestionaba los hoteles y billetes y les abonaba los gastos. Además, las fotografías que hacían quedaban en el departamento de comunicación de Unidad Editorial y podían ser publicadas después en cualquier diario o revista del grupo.

La magistrada estimó los argumentos del abogado de los fotoperiodistas, Luis Suárez Machota, y sentenció que los cuatro tenían una relación laboral con Unidad Editorial, por lo que debían formar parte de la plantilla con la categoría de redactores gráficos y la antigüedad de los años que llevaban trabajando en ese grupo.

Unidad Editorial recurrió esa sentencia y, para que el Tribunal Supremo unificara doctrina, su abogado invocó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la que falló que la jurisdicción competente para resolver una demanda por despido es la  civil y no la penal.

Los tres magistrados que han estudiado el recurso de la empresa han concluido que no se trata de dos sentencias que den respuestas distintas a dos casos con «hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales»,  como exige la ley para poder unificar doctrina, por lo que no existe contradicción y, por ello, inadmiten el recurso de acuerdo con la petición del fiscal.

El Comité de Empresa de El Mundo -del Sindicato de Periodistas de Madrid (SPM), que forma parte de la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP)- siempre ha intentado que los fotógrafos colaboradores fueran incorporados a la plantilla, pero la empresa se ha negado. También ha advertido en reiteradas ocasiones que los jueces darían la razón a los que denunciaran su situación, como ha ocurrido, pero los responsables de Unidad Editorial no lo han tenido en cuenta y, pese a tratarse de unos casos en los que es muy evidente la existencia de relación laboral, la empresa no lo ha tenido en cuenta, ha recurrido todas las sentencias y ha perdido todos los recursos.

Compartir