Pulsa fuera para salir.

26/02/2018

La agencia Efe, condenada por apropiarse de una foto y venderla como propia

En un fallo ejemplar, el juez fija una doble indemnización tras dar por probado que la agencia pública vulneró los derechos materiales y morales del fotoperiodista autor de la instantánea

26 de febrero de 2018.

La agencia Efe ha sido condenada a indemnizar al fotógrafo Eric G. Madroñal por los daños materiales y morales que le causó al apropiarse –sin el consentimiento del autor– de una fotografía que había publicado en su perfil en Twitter, y al difundirla a sus abonados con la marca de agua de la agencia como si fuera propia.

El 17 de enero de 2014, durante una manifestación celebrada en Madrid en apoyo a los vecinos del barrio burgalés de Gamonal, el fotógrafo freelance captó el momento en el que varios policías detenían en el suelo a un manifestante, y difundió la imagen por la red social Twitter. La agencia Efe, sin autorización del autor, cogió esa foto, puso su marca de agua y la distribuyó a sus clientes como propia.

Madroñal contactó con la agencia, que primero negó haberse apropiado de la fotografía, aunque después lo reconoció, dijo que había sido un error por un fallo grave, le pidió disculpas y le ofreció una compensación de 30 euros.

El fotógrafo no aceptó la oferta, que posteriormente la agencia elevó a 120 euros, y denunció los hechos en el juzgado porque quería que se reconociese que se han vulnerado no solo sus derechos materiales, sino también sus derechos morales, algo en lo que el juez le ha dado la razón.

El magistrado Carlos Nieto Delgado, titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, declara en la sentencia que «existe una clara y patente vulneración por la Agencia Efe de los derechos de explotación del demandante sobre la fotografía». Por ello fija una indemnización de 300 euros para compensar la pérdida que ha sufrido el autor, así como la ganancia que ha dejado de percibir al no haber podido negociar directamente la venta con otras agencias o medios, porque ya habían recibido la fotografía de Efe.

Además, el magistrado sentencia que Efe también debe indemnizar al fotógrafo con otros 300 euros por los daños morales que le ocasionó al haber puesto su marca de agua en la fotografía y haberla distribuido como si fuera suya y sin citar el nombre del autor.

El abogado del fotógrafo, Servando Rocha, se ha mostrado satisfecho porque considera que el reconocimiento de que se han vulnerado los derechos morales del autor, como él defendió durante la vista oral de la demanda, es un buen precedente para otros casos similares.

La agencia Efe también ha sido condenada a publicar una nota sobre la sentencia en un lugar fácilmente visible y accesible de su página web, durante dos meses, y a retirar la fotografía de todos sus archivos. La sentencia puede ser recurrida en casación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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