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14/03/2018

El Constitucional ordena repetir la selección de candidaturas al Consejo de Telemadrid

En nuestra Telemadrid caben tod@s (r)
Declara que UGT tiene derecho a presentarlas, porque la Asamblea de Madrid se lo impidió hace dos años sin explicar los motivos 

13 de marzo de 2018.

Una de las numerosas manifestaciones contra el ERE con 860 despidos de 2013.

El Tribunal Constitucional (TC) ha dado la razón a la Federación Regional de Servicios de UGT-Madrid y ha declarado que este sindicato tiene derecho a presentar candidaturas al Consejo de Administración de Telemadrid, ya que cumple los requisitos que exige la ley al ser una de las organizaciones sociales y profesionales representativas del sector de la comunicación.

La sección primera del TC ha anulado los dos acuerdos que adoptó la Mesa de la Asamblea de Madrid en marzo de 2016 en los que excluyó a UGT-Madrid, y ha ordenado retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior a aquellas decisiones, lo que obligará a repetir la presentación de candidaturas.

La Ley de Radio Televisión Madrid (RTVM), de diciembre de 2015, establece que las nueve personas que integran el Consejo de Administración serán elegidas por la Asamblea de Madrid entre cuatro nombres propuestos por los grupos parlamentarios y cinco nombres propuestos por «las organizaciones profesionales y sociales más representativas del sector de la comunicación».

El 2 de marzo de 2016, la Comisión de Control del Ente Público RTVM en la Asamblea madrileña estudió las cinco candidaturas presentadas por otras tantas organizaciones que pretendían proponer nombres para el Consejo de Administración. El PSOE y Podemos aceptaron entre ellas la de UGT, pero el PP y Ciudadanos excluyeron al sindicato sin explicar los motivos, por lo que finalmente esa Comisión acordó que podían presentar candidaturas las siguientes organizaciones: Asociación de Profesionales de Radio y Televisión de Madrid, dos; Asociación de Usuarios de la Comunicación, otras dos, y Asociación de Trabajadores por Cuenta Propia de la Comunidad de Madrid (ATA), una.

Días después, la Mesa de la Asamblea aceptó ese acuerdo de la Comisión sin preguntar los motivos por los que se excluía a UGT. El sindicato mostró su disconformidad y pidió por escrito que explicaran las razones, pero la Mesa rechazó esa solicitud y confirmó su decisión con el argumento de que no tiene competencias para entrar en los motivos y que se limita a aprobar la propuesta que recibe de la Comisión de Control de Telemadrid.

UGT recurrió en amparo ante el TC, que ahora le ha dado la razón, con el apoyo de la Fiscalía. En la sentencia se indica que el sindicato reunía los requisitos exigidos en la ley, por lo que su exclusión sin exponer los motivos es «inaceptable» y vulnera el derecho de ese sindicato a acceder a los medios de comunicación públicos en condiciones de igualdad y el derecho a la libertad sindical.

Según se indica en la sentencia, la Mesa de la Asamblea de Madrid no debió limitarse a aceptar la propuesta de candidaturas que recibió, sino que tenía la obligación de solicitar a la Comisión de Control un acuerdo motivado.

El TC ha declarado nulos los acuerdos de la Mesa y ha ordenado retrotraer las actuaciones a aquel momento, para que la Mesa solicite a la Comisión de Control una nueva propuesta «debidamente motivada» de las organizaciones que pueden presentar candidaturas al Consejo de Administración.

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